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Comunicación eficaz

¿Qué es la comunicación eficaz?

El Distrito de Columbia debe asegurarse de que sus comunicaciones con las personas con discapacidad sean tan efectivas como las que entabla con otras personas. El Distrito tiene la obligación de brindar ayudas y servicios auxiliares apropiados cuando sea necesario para garantizar una comunicación eficaz. Se debe considerar principalmente la elección de la ayuda auxiliar solicitada por la persona con discapacidad. Cualquiera que sea la adaptación solicitada, la agencia gubernamental del DC debe tratar de brindarla a menos que se determine que produce una alteración fundamental en el programa o una carga financiera o administrativa indebida. Estos son algunos ejemplos de ayudas y servicios auxiliares:

  • Para personas sordas o con problemas de audición: intérpretes calificados, encargados de tomar notas, subtítulos en tiempo real, materiales escritos, sistemas de asistencia auditiva, subtítulos abiertos o cerrados, sistemas de TTY e intercambio de notas escritas (si la comunicación no es compleja).
  • Para personas ciegas o con dificultades para ver: lectores calificados; cintas de audio, braille o materiales con letra grande, audiodescripciones de PowerPoint o presentaciones de video, y asistencia en la localización de elementos.
  • Para personas con discapacidad del habla: sistemas de TTY, terminales informáticas, tomar turnos al escribir en una conversación (si la comunicación no es compleja).

Entorno integrado ("integración"): No se puede excluir a los habitantes del DC con discapacidad de los programas comunes ni se les puede obligar a aceptar adaptaciones. El Distrito puede ofrecer programas separados o especiales cuando sea necesario para brindar a las personas con discapacidad la misma oportunidad de beneficiarse de los programas. Ejemplos:

  • Un departamento de recreación patrocina un equipo de baloncesto independiente para personas que usan sillas de ruedas.
  • Un museo ofrece un recorrido para personas ciegas para permitirles tocar y manipular objetos específicos de forma limitada (pero no puede excluir a una persona ciega del recorrido estándar).

Criterios de elegibilidad e indagaciones médicas: Los criterios de elegibilidad del Distrito para participar en sus programas, servicios o actividades no deben excluir o tratar de excluir a las personas con discapacidad, excepto en casos excepcionales cuando tales requisitos sean necesarios. Un programa no puede solicitar información médica a menos que pueda demostrar que la información solicitada es necesaria para garantizar la participación segura en el programa.

Seguridad: El Distrito puede imponer requisitos de seguridad legítimos que sean necesarios para la operación segura de sus servicios, programas y actividades. Los requisitos de seguridad deben basarse en riesgos reales; no deben partir de especulaciones, estereotipos o generalizaciones sobre las personas con discapacidad.

Recargos: Aunque brindar adaptaciones puede implicar algún gasto adicional, el Distrito no puede imponer un recargo solo a personas particulares con discapacidad para cubrir los gastos. Por ejemplo, no puede haber ningún cargo adicional del programa para una persona sorda por los servicios de intérpretes o para grupos de personas con discapacidad, pero las tarifas pueden aumentarse para todos los participantes con el fin de cubrir el costo de dichas adaptaciones.

Servicios y dispositivos personales: El Distrito de Columbia no está obligado a proporcionar a las personas con discapacidad dispositivos personales o recetados de manera individual (sillas de ruedas, audífonos o dispositivos de comunicación) o a brindar servicios personales (como asistencia para comer, ir al baño o vestirse) a menos que la prestación de dichos servicios sea parte de los servicios ofrecidos por el programa.

Mantenimiento de las herramientas de accesibilidad: El Distrito de Columbia debe asegurarse de que el equipo y las herramientas de accesibilidad de las instalaciones estén en buen estado de funcionamiento y sean accesibles para las personas con discapacidad. Se aceptan las interrupciones aisladas o temporales en el acceso debido al mantenimiento y la reparación de las herramientas de accesibilidad.